18/06/2015
Argentina: Se puede pedir una prorroga para la implementacion de la Facturacion Electronica?
Si, según lo establece el articulo 18 de la Resolución General 3749/15, la AFIP permite solicitar prorrogas hasta el 1 de Octubre de 2015.
Este es el Texto publicado por AFIP:
En caso de tener dificultades para dar cumplimiento a las obligaciones de la RG 3749/15, ¿cuál será el procedimiento a seguir?
En el supuesto que el contribuyente o sector alcanzado, por razones propias de la implementación del sistema de facturación, se vean impedidos de cumplir con la obligación de ingresar al régimen a partir del 1 de Julio de 2015, podrá exteriorizar su situación a través del servicio con clave fiscal “Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)”, opción “Empadronamientos REAR/RECE”, ítem “RG - Dificultades de Implementación” disponible en el sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar), informando la fecha a partir de la cual darán cumplimiento a esta obligación, la que no podrá ser posterior al día 1 de octubre de 2015.
Fuente: Art. 18 RG 3749/15: http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/240000-244999/244572/norma.htm
Pasos a Seguir para solicitar la Prorroga
Ingresar a la respectiva “Clave Fiscal” habilitada (con Nivel de Seguridad 2 o superior)
Ingresar al servicio “Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)”, opción “Empadronamientos REAR/RECE”
Ir al ítem “RG - Dificultades de Implementación”
Detallar la problemática particular invocada, especificando los motivos por los cuales manifiestan que los diseños de factura electrónica disponibles no se ajustan a su operatoria.
Muy Importante:
En el punto 4, indicar que como se debe adaptar el sistema de facturación a la nueva modalidad de emisión de facturas electrónicas, es necesario ademas de generar los certificados digitales, configurar y adaptar una nueva versión del sistema.
Al mismo tiempo, como toda la administración del stock y de las cuentas corrientes de los clientes de gestiona con este sistema, es muy dificultoso emitir manualmente las facturas desde el sitio de AFIP.