Amantes de Derecho

Amantes de Derecho Venta de libros de Derecho

11/02/2026

DERECHO ROMANO.
Libros:

Compendio
de Derecho
Romano
Mariana Moranchel Pocaterra.

http://ilitia.cua.uam.mx:8080/jspui/bitstream/123456789/977/1/Compendio%20de%20Derecho%20Romano.pdf

Unidad 1
Introducción al Derecho Romano

http://ual.dyndns.org/biblioteca/Derecho_Romano_2017/pdf/DeRom01-26p.pdf

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11/02/2026

"Soy una persona anticuada que cree que leer libros es el pasatiempo mas hermoso que la humanidad ha creado."
- Wislawa Szymborska

11/02/2026

DERECHO FAMILAR
Casos.5
1. Una pareja desea tener hijos, sin embargo la mujer no ha podido quedar embarazada. No se ha comprobado que la pareja sea estéril y ellos desean realizar el procedimiento in vitro, legalmente.

¿Pueden recurrir a este método de reproducción asistida?

Motiva y fundamenta tu respuesta.

2. Karla y Ángel se divorcian y él se niega a pagar la pensión alimenticia argumentando que su hijo fue concebido con técnicas de reproducción asistida en las que no se utilizaron sus espermas.

¿Jurídicamente está obligado o no a pagar alimentos al menor?

Motiva y fundamenta tu respuesta.

SALUDOS Y AGRADECIMIENTOS.
Vamos a resolver ambos casos con fundamento jurídico mexicano, criterios actuales y una explicación clara que puedas usar tanto en tu formación como en tus talleres.

1. ¿Puede la pareja recurrir legalmente a la fecundación in vitro aunque no se haya comprobado esterilidad?
- Respuesta breve
Sí, pueden recurrir al método de reproducción asistida, incluso si no se ha acreditado esterilidad.
El acceso a técnicas de reproducción asistida es un derecho reproductivo, no un privilegio condicionado a un diagnóstico médico.

- Fundamento y motivación jurídica
A) Derechos humanos aplicables
Derecho al libre desarrollo de la personalidad
– Art. 1° y 4° Constitucional.
Permite a las personas decidir de manera autónoma sobre su vida reproductiva.

Derecho a decidir el número y espaciamiento de los hijos
– Art. 4° Constitucional.
No condiciona este derecho a la fertilidad natural.

Derecho a la salud y acceso a servicios médicos
– Art. 4° Constitucional.
Incluye servicios de reproducción asistida.

Tratados internacionales
– Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 11 y 17).
– Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 17 y 23).
Reconocen la autonomía reproductiva.

B) Criterios de la Suprema Corte
La SCJN ha sostenido que:

Las técnicas de reproducción asistida forman parte del derecho a formar una familia.

No se puede exigir esterilidad comprobada para acceder a ellas.

La voluntad procreacional es un elemento válido y protegido.

C) Legislación civil
Aunque los códigos civiles estatales no regulan exhaustivamente la reproducción asistida, ninguno la prohíbe, y la tendencia jurisprudencial es permitirla bajo el marco de derechos humanos.

-Conclusión
La pareja sí puede acceder legalmente a la fecundación in vitro, porque:

es parte de su autonomía reproductiva,

no requiere diagnóstico de infertilidad,

está protegida por la Constitución y tratados internacionales.

2. ¿Ángel está obligado a pagar alimentos si el hijo fue concebido con reproducción asistida sin sus espermas?
-Respuesta breve
Sí, está obligado a pagar alimentos, porque la filiación no depende únicamente de la genética, sino de la voluntad procreacional y del estado civil al momento de la concepción o nacimiento.

-Fundamento y motivación jurídica
A) Presunción de paternidad
Si Karla y Ángel estaban casados al momento de la concepción o nacimiento:

Opera la presunción de paternidad del Código Civil.

Esta presunción solo se destruye mediante juicio de impugnación de paternidad, no por simple negativa.

Mientras no exista sentencia que la destruya, Ángel es legalmente el padre.

B) Voluntad procreacional
La SCJN ha establecido que:

En técnicas de reproducción asistida, la filiación se determina por la voluntad de ser padre o madre, no solo por la genética.

Si Ángel consintió el procedimiento (expreso o tácito), queda obligado.

Incluso si no se usaron sus espermas, si él aceptó el tratamiento, la ley lo considera progenitor.

C) Interés superior del menor
El derecho del niño a recibir alimentos es irrenunciable y preferente.

Art. 4° Constitucional.

Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Códigos civiles estatales.

El menor no puede quedar desprotegido por conflictos entre adultos.

D) Obligación alimentaria
La filiación genera automáticamente la obligación de proporcionar alimentos:

Artículos sobre alimentos en los Códigos Civiles estatales.

La obligación es recíproca, intransferible y prioritaria.

Conclusión
Ángel sí está jurídicamente obligado a pagar alimentos porque:

La filiación deriva del matrimonio y la presunción de paternidad.

La reproducción asistida se rige por la voluntad procreacional, no por la genética.

El interés superior del menor prevalece sobre cualquier argumento del padre.

Solo una sentencia de impugnación de paternidad podría modificar esta obligación, y mientras no exista, la obligación alimentaria permanece.

ATENTAMENTE:
Laura Alicia Moreno Pérez.
FUENTES:
Recursos de UTEL. Derecho/Derecho de familia.
Universidad Tecnológica Latinoamericana en Línea. (s.f.). UTEL Universidad. https://www.utel.edu.mx
Constitución y leyes
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (2024). Diario Oficial de la Federación.
Código Civil Federal. (2024). Diario Oficial de la Federación.
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. (2024). Diario Oficial de la Federación.

Tratados internacionales
Convención Americana sobre Derechos Humanos. (1969). Organización de los Estados Americanos.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. (1966). Organización de las Naciones Unidas.

Jurisprudencia y criterios de la Suprema Corte
Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2016). Derecho a la identidad y filiación en técnicas de reproducción asistida. Tesis aislada 1a. CCLXIII/2016 (10a.).
Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2019). Voluntad procreacional como criterio para determinar la filiación en reproducción asistida. Semanario Judicial de la Federación.
Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2021). Interés superior de la niñez como principio rector en materia familiar. Semanario Judicial de la Federación.

Doctrina
De la Torre, G. (2018). Derecho de familia contemporáneo. Editorial Porrúa.
González Martín, N. (2020). Bioética y derecho: reproducción asistida y filiación. UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas.
Herrera, M. (2019). Derecho familiar y nuevas formas de filiación. Editorial Tirant lo Blanch.
Ramos, J. (2021). La voluntad procreacional en el derecho mexicano. Revista Mexicana de Derecho Familiar, 12(2), 45–68.

Organismos internacionales
Comité de los Derechos del Niño. (2013). Observación General No. 14: El interés superior del niño. Naciones Unidas.
Comité de Derechos Humanos. (2000). Observación General No. 28: Igualdad de derechos entre hombres y mujeres. Naciones Unidas.

11/02/2026

"El regalo de un libro, además de obsequio, es un delicado elogio".

11/02/2026

FERECHO FAMILIAR.
Recursos 5

Lectura

Para el tema de Filiación, te recomendamos la siguiente lectura:

La filiación (Pérez Duarte y Noroña, A. E.,1998).
Ensayo que proporciona el concepto y las características actuales de la filiación, pp. 29-31.
https://gc.scalahed.com/recursos/files/r161r/w24074w/7__unlocked.pdf

Para el tema de Fecundación asistida, maternidad subrogada, prueba genética de paternidad y clonación, te recomendamos las siguientes lecturas:

Derechos de los sujetos que participan en la reproducción asistida (Flores Ávalos, E. L., 2012).
Ensayo que explica las técnicas de la reproducción asistida, los sujetos que intervienen, su responsabilidad y derechos, pp. 63-79.
https://gc.scalahed.com/recursos/files/r161r/w24074w/6__unlocked.pdf

Nuevas técnicas de reproducción humana. El útero como objeto de contrato (Rodríguez López, D., 2005).
Ensayo sobre las implicaciones de la maternidad subrogada, pp. 97-110.
https://gc.scalahed.com/recursos/files/r161r/w24074w/7181-6486-1-PB_unlocked.pdf

Nuevos medios de pruebas de paternidad (Tejada, J. R., 1978).
Ensayo que explica las diversas pruebas de sangre para determinar la paternidad, pp. 89-94.
https://gc.scalahed.com/recursos/files/r161r/w24074w/1296-1556-1-PB_unlocked.pdf

La prueba genética (Comentarios de un juicio) (Brena Sesma, I., 1998).
Ensayo sobre un caso en el que se discutió la paternidad de un menor, pp.141-149.
https://gc.scalahed.com/recursos/files/r161r/w24074w/12__unlocked.pdf

Los derechos humanos y la clonación humana (Barreda Solórzano, L. de la, 2003).
Ensayo sobre las implicaciones de la clonación en cuanto a los derechos humanos y la regulación, pp. 147-157.
https://gc.scalahed.com/recursos/files/r161r/w24074w/10__unlocked.pdf

Como conclusiones sobre estos temas, te recomendamos las siguientes lecturas:

El impacto de las nuevas tecnologías reproductivas en la familia: Presente y futuro (Pérez Duarte y N., A. E., 1995).
Ensayo que reflexiona sobre el impacto de las nuevas tecnologías reproducticas a nivel social, jurídico y familiar.
https://gc.scalahed.com/recursos/files/r161r/w24074w/1996-132-3-347-350.pdf

El derecho a tener hijos, consideraciones éticas y morales (Ochoa Hofmann, A.E., 2012).
Ensayo que aborda las implicaciones éticas y morales de la fecundación asistida, pp. 85-97.
https://gc.scalahed.com/recursos/files/r161r/w24074w/8__unlocked.pdf

11/02/2026

DERECHO FAMILIAR.
Filación.
La filiación es el vínculo jurídico de parentesco entre padres e hijos que determina el estado civil, generando derechos y obligaciones recíprocas (apellido, nacionalidad, alimentos, herencia, guarda y custodia). Es un núcleo familiar fundamental, inalienable y no negociable, basado en hechos biológicos, reproducción asistida o actos jurídicos como la adopción.

Aspectos clave de la filiación en Derecho Familiar:
Tipos de Filiación:
Matrimonial: Hijos nacidos dentro del matrimonio o dentro de ciertos plazos tras su disolución.
Extramatrimonial: Hijos nacidos fuera del matrimonio, reconocidos voluntariamente o por sentencia judicial.
Civil (Adopción): Vínculo jurídico equiparable al biológico, establecido por sentencia.
Prueba de la Filiación: Principalmente se acredita mediante el Acta de Nacimiento ante el Registro Civil. En ausencia de esta, se puede probar mediante la "posesión continua del estado de hijo".

Reconocimiento: Los padres pueden reconocer a sus hijos conjunta o separadamente.
Igualdad de Derechos: La legislación mexicana establece que todos los hijos tienen los mismos derechos y obligaciones, independientemente de si la filiación es matrimonial o extramatrimonial.

En caso de duda, la ley permite acciones judiciales de investigación de paternidad o maternidad para establecer este vínculo legal.

11/02/2026

Unidad 5 Filiación
INTRODUCCIÓN
La pregunta sobre la que reflexionarás en esta unidad es:
¿De qué forma se relaciona la filiación con los progresos científicos en materia de reproducción humana?
Una vez que hemos estudiado las características y efectos del matrimonio entre los cónyuges, ahora hay que estudiar las formas en las que los descendientes de dicha pareja se relacionan con sus padres, esto es la filiación.

Adicionalmente, también estudiaremos cómo los avances científicos han tenido gran repercusión en el estudio del derecho con respecto a la filiación y a las nuevas formas de fecundación, así como las consecuencias jurídicas de estos avances en el Derecho familiar.

11/02/2026

CASO 4
Ana y Juan están considerando divorciarse después de varios años de matrimonio. Han consultado a un abogado y ahora necesitan entender cuál sería el tipo idóneo de divorcio para su situación. Quieren conocer los requisitos y los efectos jurídicos que cada tipo de divorcio tendría en relación a sus bienes y a sus hijos.



¿Cuáles son los diferentes tipos de divorcio que existen y cuáles son los requisitos para cada uno de ellos?

¿Cuál sería el tipo de divorcio más adecuado para Ana y Juan, considerando su situación particular?

¿Cuáles serían los efectos jurídicos del divorcio en relación a los bienes que tienen en común?

SALUDOS Y AGRADECIMIENTOS.
Aquí expongo una síntesis clara, completa y bien fundamentada de los dos puntos que se solicitaron, con información actualizada y basada en las fuentes encontradas. Presento los contenidos con estructura académica y profundidad, para que puedas integrarlos fácilmente en tu taller o actividad formativa.
Puntos:
El divorcio como forma de terminación del matrimonio

1. Investigar los efectos psicológicos del divorcio en los hijos.

2. Investigar las alternativas al divorcio tradicional, como la mediación familiar o la terapia de pareja. Explora cómo funcionan estas alternativas, sus beneficios y limitaciones, y su efectividad en la resolución de conflictos familiares.
RESPUESTA:

1. Efectos psicológicos del divorcio en los hijos
Los estudios recientes muestran que el impacto psicológico del divorcio en los hijos depende de factores como la edad, la calidad de la relación con cada progenitor, el nivel de conflicto familiar y la presencia o ausencia de redes de apoyo. Aun así, existen patrones comunes documentados en la literatura.

Principales efectos psicológicos
1.1. Angustia emocional
Los niños pueden experimentar tristeza, ansiedad, miedo al futuro y sentimientos de pérdida debido a la ruptura de la estructura familiar que conocían.

1.2. Cambios conductuales
Pueden aparecer conductas como retraimiento, rebeldía, irritabilidad o agresividad. Estos comportamientos suelen ser respuestas a la incertidumbre y al estrés emocional.

1.3. Dificultades académicas
Los cambios de rutina, mudanzas o tensiones emocionales pueden afectar la concentración y el rendimiento escolar.

1.4. Lealtad dividida
Los hijos pueden sentir presión por “quedar bien” con ambos padres, especialmente cuando existe conflicto entre ellos. Esto genera estrés y confusión emocional.

1.5. Inseguridad en relaciones futuras
Algunos niños desarrollan temor a la inestabilidad afectiva, lo que puede influir en su manera de relacionarse en la adolescencia y adultez.

1.6. Riesgo de síntomas depresivos o estrés postraumático
En contextos de alto conflicto, pueden aparecer síntomas más severos, como ansiedad crónica o estrés postraumático.

1.7. Impacto diferenciado según la edad
La edad influye en cómo se vive el divorcio:

Niños pequeños: confusión, miedo a la separación.

Escolares: sentimientos de culpa o fantasías de reconciliación.

Adolescentes: enojo, cuestionamiento de la autoridad, conductas de riesgo.

1.8. Jóvenes adultos (18–24 años)
Investigaciones recientes muestran que muchos jóvenes no reciben apoyo psicológico durante el proceso, lo que puede generar baja energía, afectación escolar y dificultades para identificar sus emociones. La intervención temprana es clave.

2. Alternativas al divorcio tradicional: mediación familiar y terapia de pareja
Las alternativas al litigio buscan reducir el conflicto, proteger el bienestar emocional de los hijos y promover acuerdos más estables y colaborativos.

2.1. Mediación familiar
¿Qué es?
Es un proceso voluntario en el que un mediador neutral ayuda a las partes a comunicarse, identificar intereses comunes y construir acuerdos sobre temas como custodia, convivencia, pensión alimenticia y división de bienes.

¿Cómo funciona?
Sesiones estructuradas con un mediador capacitado.

Enfoque en el diálogo, la empatía y el interés superior del menor.

Se promueve la corresponsabilidad parental y la toma de decisiones conjunta.

Beneficios
Reduce el conflicto y la confrontación.

Favorece acuerdos más duraderos.

Es más rápido y económico que un juicio.

Protege el bienestar emocional de los hijos.

Permite mayor participación de los menores en el proceso, conforme a estándares actuales.

Limitaciones
No es adecuada en casos de violencia familiar o relaciones altamente asimétricas.

Requiere disposición real al diálogo.

Los acuerdos deben ser homologados judicialmente para tener efectos legales.

2.2. Terapia de pareja
¿Qué es?
Un proceso psicoterapéutico orientado a mejorar la comunicación, resolver conflictos y fortalecer la relación. Puede ayudar a evitar el divorcio o, si este es inevitable, a gestionarlo de manera más saludable.

¿Cómo funciona?
Sesiones guiadas por un terapeuta especializado.

Identificación de patrones disfuncionales.

Desarrollo de habilidades de comunicación y negociación.

Enfoque en necesidades emocionales y expectativas mutuas.

Beneficios
Puede prevenir la ruptura si los problemas son abordables.

Reduce el impacto emocional del proceso.

Mejora la coparentalidad incluso si la pareja decide separarse.

Limitaciones
No es eficaz cuando una de las partes no desea continuar la relación.

No procede en situaciones de violencia o abuso.

Requiere compromiso y tiempo.

Situación práctica:
Este es un tema con mucha sensibilidad, así que preparo una explicación clara, completa y útil, basada en el marco jurídico mexicano (Código Civil Federal y criterios comunes en los códigos estatales). La presento de forma didáctica para que puedas usarla en estas respuestas a las preguntas de este foro.

1. ¿Cuáles son los diferentes tipos de divorcio y sus requisitos?
En México, los tipos de divorcio varían según el estado, pero los tres modelos más comunes son:

A. Divorcio incausado (o unilateral / sin expresión de causa)
Es el más utilizado actualmente.

Características
Basta con que uno de los cónyuges manifieste su voluntad de divorciarse.

No se necesita justificar la causa.

Es un derecho personalísimo.

Requisitos
Presentar una solicitud de divorcio ante el juez.

Adjuntar una propuesta de convenio que regule:

Guarda y custodia de los hijos

Régimen de convivencias

Pensión alimenticia

Uso del domicilio conyugal

Administración y liquidación de bienes

Cuándo se usa
Cuando no hay acuerdo entre ambos.

Cuando uno quiere divorciarse y el otro no.

B. Divorcio por mutuo consentimiento
Ambos cónyuges están de acuerdo en divorciarse.

Requisitos
Presentar una solicitud conjunta.

Presentar un convenio firmado por ambos, con acuerdos sobre:

Hijos

Bienes

Alimentos

Vivienda

Convivencias

Ventajas
Es más rápido.

Menos costoso.

Menos conflictivo.

C. Divorcio administrativo
Se realiza ante el Registro Civil, no ante un juez.

Requisitos
Ambos cónyuges están de acuerdo.

No tener hijos menores de edad o dependientes.

No haber bienes en común, o haberlos liquidado previamente.

Matrimonio sin embarazo.

Ventajas
Es el más rápido y económico.

Trámite sencillo.

2. ¿Cuál sería el tipo de divorcio más adecuado para Ana y Juan?
Como no nos diste detalles específicos, te doy un análisis basado en los escenarios más comunes. Puedes adaptarlo a tu caso práctico en clase.

Escenario 1: Ambos están de acuerdo y quieren un proceso pacífico
→ Divorcio por mutuo consentimiento
Ideal si pueden dialogar y llegar a acuerdos sobre hijos y bienes.

Escenario 2: Hay hijos menores y bienes en común, pero no hay conflicto grave
→ Mutuo consentimiento
Permite negociar un convenio equilibrado y evitar desgaste emocional.

Escenario 3: Uno quiere divorciarse y el otro no
→ Divorcio incausado
Es la vía más segura porque no requiere el consentimiento del otro.

Escenario 4: No tienen hijos ni bienes
→ Divorcio administrativo
Rápido, económico y sin intervención judicial.

Conclusión probable para Ana y Juan
Si ambos consultaron a un abogado juntos, eso sugiere disposición al diálogo.
Por lo tanto, el divorcio por mutuo consentimiento sería el más adecuado, salvo que exista desacuerdo profundo o violencia (en cuyo caso se usaría el incausado).

3. Efectos jurídicos del divorcio en relación con los bienes en común
Depende del régimen patrimonial del matrimonio:

A. Sociedad conyugal (bienes mancomunados)
Los bienes adquiridos durante el matrimonio pertenecen a ambos.

Efectos del divorcio
Se liquida la sociedad conyugal.

Se hace un inventario y avalúo.

Se reparten los bienes según lo pactado en las capitulaciones o, en su defecto, 50/50.

Las deudas también se reparten proporcionalmente.

B. Separación de bienes
Cada quien conserva lo que está a su nombre.

Efectos del divorcio
No hay reparto de bienes.

Cada quien se queda con lo suyo.

Solo se discuten alimentos, hijos y convivencias.

C. Bienes adquiridos en copropiedad
Aunque haya separación de bienes, si compraron algo juntos (por ejemplo, una casa al 50%), se divide según la proporción de aportación.

4. ¿Qué pasa con los hijos?
Independientemente del tipo de divorcio:

El juez debe resolver:
Guarda y custodia

Régimen de convivencias

Pensión alimenticia

Atribución del domicilio familiar (cuando hay menores)

Principio rector
Siempre se aplica el interés superior de la niñez.

ATENTAMENTE:
Laura Alicia Moreno Pérez
FUENTES:
Recursos de UTEL. Derecho/Derecho de familia.
Universidad Tecnológica Latinoamericana en Línea. (s.f.). UTEL Universidad. https://www.utel.edu.mx
Sobre efectos psicológicos del divorcio en los hijos
Amato, P. R. (2010). Research on divorce: Continuing trends and new developments. Journal of Marriage and Family, 72(3), 650–666. https://doi.org/10.1111/j.1741-3737.2010.00723.x (doi.org in Bing)

Kelly, J. B., & Emery, R. E. (2003). Children’s adjustment following divorce: Risk and resilience perspectives. Family Relations, 52(4), 352–362. https://doi.org/10.1111/j.1741-3729.2003.00352.x (doi.org in Bing)

Wallerstein, J. S., Lewis, J. M., & Blakeslee, S. (2000). The unexpected legacy of divorce: A 25-year landmark study. Hyperion.

Garrido, V., & Roa, L. (2006). Impacto del divorcio en los hijos: Una revisión de la literatura. Revista de Psicología y Educación, 1(2), 123–140.

Sobre mediación familiar y alternativas al divorcio tradicional
Folberg, J., & Taylor, A. (1984). Mediation: A comprehensive guide to resolving conflicts without litigation. Jossey-Bass.

Moore, C. W. (2014). The mediation process: Practical strategies for resolving conflict (4.ª ed.). Jossey-Bass.

Secretaría de Gobernación. (2020). Guía de mediación familiar. Gobierno de México.

Organización de las Naciones Unidas. (2016). Manual de mediación familiar. ONU.

Sobre terapia de pareja
Gottman, J., & Silver, N. (2015). The seven principles for making marriage work. Harmony Books.

Lebow, J., Chambers, A., Christensen, A., & Johnson, S. (2012). Research on the treatment of couple distress. Journal of Marital and Family Therapy, 38(1), 145–168.

Sobre tipos de divorcio y efectos jurídicos en México
Código Civil Federal. (2024). Título Quinto: Del divorcio. Gobierno de México. https://www.diputados.gob.mx

Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2015). Jurisprudencia sobre el divorcio incausado. SCJN.

Instituto Nacional de las Mujeres. (2018). Guía jurídica básica sobre divorcio y derechos familiares. Gobierno de México.

11/02/2026

DERECHO FAMILIAR.
Recursos 4
Para ayudarte a responder la pregunta de la Clase, consulta los siguientes recursos:

Lectura

Para los temas de Concepto, clasificación, tipos de divorcio y sus efectos, te recomendamos las siguientes lecturas:

Divorcio y nulidad matrimonial (Rodríguez Mejía, G., 2003).
Ensayo que explica el concepto, diversidad de divorcio, separación de cuerpos, causales y efectos del divorcio, procedimientos para divorcio de diferentes tipos, pp.61-82.
https://gc.scalahed.com/recursos/files/r161r/w24074w/7134-6439-1-PB_unlocked.pdf

Capítulo quinto. El divorcio (Pérez Contreras, Ma. de M., 2010).
Ensayo que muestra las diferentes clases de divorcio, pp. 66-71.
https://gc.scalahed.com/recursos/files/r161r/w24074w/7_unlocked%20(1).pdf

Matrimonio y divorcio (Chávez Asencio, M.F., 1988). Ensayo que muestra los conceptos relacionados con la materia de divorcio, así como los efectos y sus cargas económicas, pp.419-427.
https://gc.scalahed.com/recursos/files/r161r/w24074w/11099-10178-1-PB.pdf

Para el tema de Competencia internacional y conflicto de leyes, te recomendamos la siguiente lectura:

Capítulo IV. Los conflictos de leyes (Siqueiros, J. L., 1965). Ensayo que aborda los problemas de legislación entre cónyuges de diferente nacionalidad al momento del divorcio, pp. 651-657.
https://gc.scalahed.com/recursos/files/r161r/w24074w/49_unlocked.pdf

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